Declaración de Oslo sobre la criminalización del VIH

En ella se destaca la importancia de que en el derecho penal se cuente con un enfoque coherente y basado en datos empíricos a la hora de abordar temas relacionados con el no revelado del estado serológico, la exposición y la transmisión del VIH. También se insta a los Ministerios de Salud y Justicia, a que los funcionarios de salud pública, los responsables de la elaboración de políticas y otros actores relevantes en el sistema de justicia penal garanticen que la respuesta que se da sea proporcionada al riesgo real de transmisión del VIH.

Observación general núm. 22 (2016), relativa al derecho a la salud sexual y reproductiva (artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales)

Incluye un comentario (en la página 40) que afirma que los Estados deben reformar las legislaciones que impiden el ejercicio del derecho a la salud sexual y reproductiva. Entre los ejemplos se incluyen aquellas leyes que criminalizan la no revelación del estado serológico, la exposición y la transmisión del VIH.

10 razones para oponerse a la penalización de la exposición al y la transmisión del VIH

Contiene diez razones por las que criminalizar la exposición o transmisión del VIH constituye una política pública injusta e ineficaz. En el texto se argumenta que es poco probable que la criminalización sirva para prevenir nuevas infecciones o reducir la vulnerabilidad de las mujeres frente al VIH. Por el contrario, la criminalización puede perjudicar a las mujeres y tiene un impacto negativo sobre la salud pública y los derechos humanos.